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Compensación al trabajador para contratistas en California: lo que cambia en 2028

Todo contratista con licencia del CSLB tiene que ver con la compensación al trabajador (workers' comp), aunque no tenga empleados. Aquí le explicamos qué pide el CSLB hoy, qué clases ya la necesitan y la fecha que debe tener en mente.

Cotice responsabilidad general en línea. Para workers' comp, llame al (877) 940-4313.

Solo California. Más o menos un minuto de preguntas. No hay cobertura hasta que usted firme. Llame o mande texto a un agente con licencia: (877) 940-4313

Lo que pide el CSLB hoy

Según el Código B&P §7125, todo contratista con licencia del CSLB debe tener uno de estos registrado con el CSLB:

  • Un certificado de seguro de compensación al trabajador, si tiene póliza, o
  • Una exención, si no tiene empleados y su clasificación lo permite.

Esto aplica a todo contratista con licencia, sea dueño único, sociedad, corporación o LLC.

La compensación al trabajador es una póliza aparte del seguro de responsabilidad general. Cubre a sus propios trabajadores cuando se lastiman en el trabajo. La responsabilidad general cubre lesiones y daños a otras personas por su trabajo.

Cinco clases que necesitan workers' comp aunque no tengan empleados

En la mayoría de las clasificaciones, un dueño sin empleados puede registrar una exención. Estas cinco no pueden. El CSLB les exige tener compensación al trabajador aunque nadie trabaje para ellos:

ClaseOficio
C-8Concreto
C-20Calefacción, ventilación y aire acondicionado (HVAC)
C-22Remoción de asbesto
C-39Techos (roofing)
D-49Servicio de árboles

Si su licencia tiene alguna de estas clases, la póliza de workers' comp es para ahora, no para 2028. Vea las páginas de techadores, concreto y HVAC para la parte de responsabilidad general de esos oficios.

SB 216 y SB 1455: el cambio a 2028

La ley SB 216 estableció que todos los contratistas con licencia del CSLB tendrían que tener compensación al trabajador a partir del 1 de enero de 2026, con o sin empleados. Después, la ley SB 1455, aprobada en 2024, pasó esa fecha al 1 de enero de 2028.

En palabras sencillas:

  • Hoy: usted registra un certificado de workers' comp o una exención, y las cinco clases de arriba deben tener póliza.
  • A partir del 1 de enero de 2028: lo que marca la ley es que todos los contratistas con licencia tengan compensación al trabajador, así que la exención por no tener empleados ya no sería opción.

Las leyes se pueden volver a cambiar antes de que llegue la fecha. Confirme la regla vigente con el CSLB antes de renovar su licencia. Lo importante por ahora: si usted trabaja solo y tiene exención, 2028 es la fecha para planear.

Lo que no cubre el seguro de responsabilidad general

Muchos contratistas creen que su póliza de responsabilidad general cubre todo en la obra. No es así. La responsabilidad general normalmente cubre lesiones y daños a la propiedad de otras personas por su trabajo, incluyendo operaciones terminadas si su póliza lo incluye. No cubre:

  • Las lesiones de sus propios empleados. Para eso es la compensación al trabajador.
  • Sus herramientas y equipo.
  • Sus vehículos. Para eso es el seguro de auto comercial.
  • El trabajo mal hecho en sí, o sea, lo que cuesta volver a hacer su propio trabajo.

Si su ayudante se cae de la escalera, la responsabilidad general no es la póliza que paga. Si el hijo del dueño de la casa se tropieza con su material, eso sí es un reclamo de responsabilidad general. Casi todo contratista con equipo necesita las dos.

Cómo cotizar workers' comp y responsabilidad general con Aster

Las dos pólizas se manejan de forma distinta:

  • La compensación al trabajador se cotiza por teléfono. Llame o mande texto a un agente con licencia al (877) 940-4313, en español o en inglés. Tenga a la mano su nómina por oficio, cuántas personas trabajan con usted y su número de licencia del CSLB.
  • La responsabilidad general se cotiza en línea. Escriba su número de licencia del CSLB, conteste más o menos un minuto de preguntas y compare cotizaciones de varios programas con calificación A lado a lado. Toque "Enviar para aprobación" en la que quiera y un agente con licencia se encarga. No queda nada contratado hasta que usted firme.

Un detalle: la C-22 de remoción de asbesto es una de las licencias que nunca cotizamos en línea, tampoco para responsabilidad general. Esas van directo con un agente por teléfono.

Un plan sencillo antes de 2028

  1. Revise qué tiene registrado hoy con el CSLB: certificado de workers' comp o exención.
  2. Si su licencia tiene C-8, C-20, C-22, C-39 o D-49, asegúrese de tener póliza de workers' comp desde ahora.
  3. Si tiene exención, hable con un agente sobre workers' comp antes del 1 de enero de 2028, para no andar buscando a última hora.
  4. Mantenga vigente su seguro de responsabilidad general. Los contratistas generales lo piden, y las licencias de LLC deben tener seguro de responsabilidad. Vea el requisito para LLC del CSLB.
  5. Tenga listo un certificado de seguro para cada contratista general con el que trabaje.

¿Quiere saber primero qué determina el precio de su responsabilidad general? Lea de qué depende el costo, o compare la fianza de licencia y el seguro.

Preguntas frecuentes

¿Los contratistas en California necesitan compensación al trabajador si no tienen empleados?

Hoy la mayoría de los contratistas sin empleados pueden registrar una exención con el CSLB. Las licencias C-8, C-20, C-22, C-39 y D-49 deben tener compensación al trabajador aunque no tengan empleados.

¿Cuándo van a necesitar workers' comp todos los contratistas en California?

La ley SB 216 puso el 1 de enero de 2026 para todos, y la SB 1455 (2024) lo pasó al 1 de enero de 2028. Confirme la regla vigente con el CSLB antes de renovar.

¿Qué es la exención de compensación al trabajador del CSLB?

Es un registro ante el CSLB donde usted declara que no tiene empleados, según el Código B&P §7125. No está disponible para las cinco clases que deben tener la póliza.

¿El seguro de responsabilidad general cubre a mis empleados si se lastiman?

No. La responsabilidad general cubre lesiones y daños a otras personas. Las lesiones de sus propios trabajadores las cubre la compensación al trabajador.

¿Puedo cotizar compensación al trabajador en línea?

La compensación al trabajador se cotiza por teléfono con un agente con licencia al (877) 940-4313. La responsabilidad general sí se cotiza en línea con su número de licencia del CSLB.

Cotice responsabilidad general en línea. Para workers' comp, llame al (877) 940-4313.

Solo California. Más o menos un minuto de preguntas. No hay cobertura hasta que usted firme. Llame o mande texto a un agente con licencia: (877) 940-4313

Información general sobre las reglas de California, no es asesoría legal. Revise su propia licencia con el CSLB. La cobertura está sujeta a los términos, condiciones y exclusiones de la póliza, y a la aprobación de la compañía de seguros. Algunos tipos de licencia los cotiza un agente en lugar de en línea. Actualizado 2026-10-09.